publicado a la(s) 08/02/2009 13:55 por Fernando Ferrin Calamita
J. P. QUIÑONERO | PARÍS
Publicado Miércoles, 04-02-09
El consejo general del departamento de Jura, al este de Francia, ha negado por segunda vez a Emmanuelle B. (47 años, profesora de instituto) y su compañera sentimental, Laurence R. (44 años, psicóloga), lesbianas, el derecho a la adopción de un niño de corta edad, alegando que su pareja de hecho «no presenta las garantías suficientes para preservar el interés del niño».
La pareja de lesbianas recurrió a una primera denegación, ante el Tribunal de los derechos humanos del Consejo de Europa. Y consiguió la condena de Francia, acusada de «discriminación dictada por consideraciones derivadas de la orientación sexual de las demandantes, lo que este Tribunal considera intolerable».
La condena de Francia data de enero del 2008. Apoyadas por el Tribunal de Estrasburgo, la pareja de lesbianas volvió a presentar su demanda, en Francia. Sin embargo, el Consejo general del departamento de Jura ha vuelto a rechazar la demanda, haciendo valer «diferencias de fondo en el proyecto de adopción» de ambas, unidas como pareja de hecho.
Emmanuelle B. anuncia un nuevo recurso. Su primera demanda de adopción data de hace más de diez años. Ella y su pareja han intentado avanzar razones muy diversas y cuentan con algunos apoyos, chocando siempre con la legislación francesa.
Las abogadas de la pareja de lesbianas aspiran a convertir este caso en una «causa ejemplar»: recurrirán ante el Tribunal Administrativo de Besançon, pedirán la mediación de la Alta Autoridad contra las Discriminaciones, y volverán a exigir el amparo de Estrasburgo, en un procedimiento de urgencia.
Por su parte, el presidente del Consejo general del departamento de Jura se limita a comentar. con cierto laconismo, que, a su modo de ver, la demanda no respeta las condiciones básicas del derecho a la adopción.
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publicado a la(s) 07/01/2009 14:04 por Fernando Ferrin Calamita
Aunque estamos en ámbitos distintos y jurisdicción diferentes, al Juez Ferrín Calamita y a mí nos une en primer lugar la amistad, y después otras muchas cosas, como son la visión cristiana del hombre y del mundo, el respeto máximo a la dignidad de la persona, la preocupación por el bien integral de los niños, el interés por buscar siempre los justo en cada decisión encaminada a dirimir cuestiones que ponen en juego derechos y obligaciones.
Tengo que decir que admiro la entereza y la prudencia que han acompañado las investigaciones y deliberaciones en asunto tan vidrioso como ha resultado ser el proceso de adopción de un niño por parte de una pareja de lesbianas. La cuestión a dirimir no era ni muchos menos baladí. Estaba en juego el presente y el futuro de la educación de un niño, la presión social de un lobby que lo quiere todo, lo políticamente correcto en un tema que lleva la etiqueta de progre. Parece que entran en conflicto dos derechos: el de una pareja homosexual que pretende adoptar un niño sin valorar, obviamente, la decisión del mismo. Y por otro lado el derecho de todo niño a ser educado en el ambiente más propicio para la formación de su personalidad.
Ni que decir tiene que aquí no estamos juzgando a las personas que, con el recto uso de su libertad y amparadas por la ley, quieren formar una comunidad. Seguro que les mueve una buena voluntad. El quid de la controversia está en si se daban las condiciones idóneas para permitir legalmente una adopción. Y para ello hay que investigar y observar todas las cautelas precisas para salvaguardar los derechos del niño. Y esto ocurre con cualquier proceso de adopción. Todos conocemos casos de matrimonios que han tenido que sufrir un calvario, sometiéndose a todo tipo de escrutinios por parte de técnicos en psicología, economía y sociología, para poder acceder, o no, a la adopción tan soñada y tan sufrida en su itinerario legal. Y nadie ha puesto el grito en el cielo, ni ha recusado, y muchos menos acusado, a un juez por prevaricación, o retraso injustificado, o incompetente, o incluso impedirle el ejercicio de su profesión por sus creencias religiosas.
El caso ha hecho mucho ruido porque estaban en juego cuestiones al margen de los realmente jurídico y procesal. Quería romperse una lanza a favor del mundo gay y sentar un precedente, un aviso a navegantes, para que otros jueces no sean tan escrupulosos en este campo minado y faciliten la aplicación de ley caiga quien caiga, en este caso los que pueden caer son los niños que en estos momentos llevan todas las de perder: se atenta contra ellos antes de nacer, se le priva de un clima familiar idóneo con las fiebre de las separaciones y divorcios, se le somete a una educación para la ciudadanía a gusto y capricho del que manda, pueden tener dos "padres" o dos "madres", se le enseña el libertinaje sexual, sufre la violencia, es acosado por la fiebre de la droga y del alcohol, padecen escándalos a granel, y hastiado de tanta miseria termina por despreciar la vida y muchas veces pensar en el suicidio. ¿Qué hace mientras el legislador, el gobernante y el juez?
Sobre la oportunidad de la adopción por parejas gais no pretendo esgrimir ninguna razón religiosa, ni me guía ningún tipo de homofobia. Quiero remitir al lector a uno de los mejores tratados sobre el tema recientemente editado en España. Se titula "La diferencia prohibida", de Tny Anatrella, psicoanalista y especialista en psiquiatría social, profesor en las Facultades Libres de Filosofía y de Psicología de París, considerado como uno de los mejores expertos mundiales sobre el tema que nos ocupa. Afirma rotundamente lo siguiente: La filiación solo puede proceder del hombre y de la mujer, de un padre y de una madre (incluso como padres adoptivos) y no de dos padres o de dos madres que representarían una "mascarada parental". Está claro que aquí conviene hacer una distinción entre niños nacidos de una relación de pareja hombre/mujer uno de cuyos partenaires desea, a continuación, vivir su homexualidad y que debe conservar sus derechos y deberes parentales, en la medida en que su situación personal no es perturbadora para el niño, y dos personas del mismo sexo que desean concebir un niño (lesbianas con un tercero o por inseminación) o adoptarlo (homosexuales), cosa que el derecho no puede permitir. Hay que decirlo de nuevo: un niño no es un derecho, y menos aún en estas condiciones. (Edit. Encuentro, Madrid 2008, pg. 291).
Según esta doctrina no andaba muy mal encaminado mi amigo el Juez Calamita cuando, aún aplicando la ley vigente en España, buscaba el máximo de garantías para un niño que tiene el derecho a ser protegido en su integridad moral y psicológica. Y, como Juez que soy, aún en jurisdicciones diferentes, no puedo menos que felicitarle por buscar siempre la justicia y defender al más débil. Ya sabe él que en el campo de la justicia se cometen también injusticias.
Juan García Inza (Juez Diocesano)
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